En recientes años, Colombia se ha convertido así misma en una de las economías crecientes más rápidas en Latinoamérica y todavía tiene abundante potencial sin explotar. La región ha sido bendecida con recursos naturales y con fuertes incentivos gubernamentales para la participación extranjera combinada con una visión unificada por ambos sectores líderes públicos y privados, el país se ha posicionado el mismo como una de las mejores jurisdicciones comerciales Latinoamericanas.
En la pasada década, Colombia ha estado enfocada en el desarrollo del entorno comercial, y como resultado, la inversión extranjera directa ha escalado rápidamente. Actualmente, inversionistas ven a Colombia como un lugar tanto atractivo y estable para comenzar operaciones empresariales. Al estar haciendo negocios en Colombia, debes decidir si quieres establecer una sucursal de una sociedad extranjera o formar una entidad legal local en Colombia.
En este artículo vamos a identificar los aspectos clave para un sucursal de sociedad extranjera contra una sociedad local de Colombia.
Sucursal de Sociedad Extranjera en Colombia
- No es una entidad legal separada, más bien una extensión de la sociedad matriz extranjera.
- La sociedad extranjera y la sucursal con conjuntamente responsables por las obligaciones tributarias.
- La sociedad debe registrar la documentación a pesar de los registros contables de la sociedad matriz.
- Para propósitos fiscales, las transferencias de las ganancias de la sucursal a la sociedad matriz es tratado como dividendos.
- Un auditor fiscal es obligatorio para todas las sucursales en Colombia.
Sociedad Anónima (S.A.)
- Debe tener al menos (5) accionistas que pueden ser ya sea personas naturales (personas) o personas jurídicas (sociedades).
- Los accionistas son responsables más allá de sus contribuciones en caso de fraude.
- Los impuestos sobre las sociedades deben ser pagados en ganancias sociales.
- El auditor fiscal es obligatorio para las Sociedades Anónimas.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (LTDA)
- Debe tener por lo menos (2) accionistas que pueden ser ya sea personas naturales (personas) o personas jurídicas (sociedades).
- Los socios son conjuntamente responsables en proporción a sus acciones en el caso de violación fiscal.
Sociedad de Acciones Simplificada (S.A.S.)
- Debe tener al menos (1) accionista que puede ser ya sea persona natural (persona) o persona jurídica (sociedad).
- Es posible establecer diferentes tipos de acciones otorgando diferentes derechos.
- La contabilidad anual de la sociedad tiene que ser certificada por un contador público externo registrado.
- La misma persona puede actuar como accionista único y representante legal de la sociedad.
- Los accionistas de una S.A.S. solo son responsables de las deudas de la sociedad hasta la cantidad de sus aportes en el capital social.
- El aumento de capital (capital social) puede ser pagado gradualmente en un periodo de dos años.
* Aprende más acerca de que es una sociedad S.A.S. y como puedes crear una.
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