Como resultado de la reforma a las leyes mexicanas en materia energética, la cual tuvo lugar en 2013, han surgido nuevas figuras legales que prometen incentivar la inversión privada tanto nacional como extranjera, especialmente en el sector petrolero.
Estructura Legal en Materia Energética
Antes de que se implementara esta nueva estructura legal, en México existía una sola identidad de carácter paraestatal para la exploración, producción, explotación y distribución de recursos petroleros, denominada Petróleos Mexicanos o mejor conocida como PEMEX.
En materia de generación de energía eléctrica, la Comisión Federal de Electricidad sigue siendo la entidad que se ocupa de todo lo relativo a este sector, ademas de ser administrada por el Estado Mexicano.
Creación de Nuevas Leyes
Con motivo de dichas reformas, el marco legal mexicano en materia energética fue objeto de modificaciones a las leyes ya existentes, al igual que de la creación y adición de nuevas leyes, como son las siguientes:
- Ley de Hidrocarburos
- Ley de la Industria Eléctrica
- Ley de Energía Geotérmica
- Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio ambiente del Sector de Hidrocarburos
- Ley de Petróleos Mexicanos
- Ley de la Comisión Federal de Electricidad
- Ley de Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética
- Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
- Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo
En cuanto a modificaciones a las leyes ya existentes, destaca la Apertura a la Inversión Extranjera para participar hasta en un 100% en el sector de la petroquímica, el cual contaba anteriormente con múltiples regulaciones, al igual que la apertura para ampliar la participación en la generación de energía eléctrica, actividad que hasta antes de estas implementaciones se encontraba restringida a extranjeros.
Tipos de Contratación
En cuanto al tipo de contratos con los que operará el nuevo modelo, podemos mencionar:
- Producción compartida: Serán aquellos llevados a cabo exclusivamente por PEMEX
- Utilidad compartida: Dichos contratos se celebrarán entre PEMEX y particulares
- Licencias: Celebrados con particulares
- Servicios: Celebrados con particulares
En artículos posteriores abordaremos con detalle cada uno de estos contratos.
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