La autorización para permitir el despacho de aduanas debe ser gestionada por un agente de importación en México. En consecuencia, si deseas importar productos a México con fines comerciales, necesitas un agente importador con experiencia. Para aplicar los impuestos/derechos correctos, el agente importador debe presentar un pedimento de importación (expedido por la Secretaría de Economía), una factura comercial, un conocimiento de embarque, un permiso de exención y un certificado que establezca el origen de las mercancías.
La eliminación y reducción gradual de los derechos de importación concluyó en 2013 y la estructura arancelaria tiene ahora seis tipos básicos que son 0%, 5%, 7%, 10%, 15% y 20%; dependiendo del tipo de producto que se importe a México. Ciertos productos están sujetos a regulaciones adicionales, como los dispositivos médicos y productos sanitarios fabricados en el extranjero, que deben tener un representante o distribuidor legalmente designado en México y deben estar registrados ante la Secretaría de Salud.
Las empresas que importen mercancías que figuren en el cuadro de clasificación arancelaria de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior tienen que estar inscritas en el Padrón de Importadores Mexicanos de Sectores Específicos. Se aplica un impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) a la importación de bebidas alcohólicas, cigarrillos y cigarros, entre otros. Estos impuestos especiales oscilan entre el 25% y el 160%, dependiendo del producto.
Proceso mexicano de importación – Lista arancelaria del Sistema Armonizado de México (Código SA)
El comercio internacional con México ha aumentado en los últimos años, y tanto los importadores como los exportadores han tenido éxito en sus inversiones. Sin embargo, si planeas importar o exportar productos con fines comerciales, necesitas conocer los códigos de importación y exportación del país, conocidos como la lista arancelaria del sistema armonizado (código SA), para tu producto en particular. El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, generalmente denominado “Sistema Armonizado”, es un sistema aduanero desarrollado por la Organización Mundial de Aduanas. El sistema comprende casi 5.000 grupos de mercancías, cada uno identificado por un código de seis dígitos, y es utilizado por más de 200 países.
A efectos fiscales, se entiende por “país de origen” el lugar en el que tuvo lugar el montaje final o la producción del producto.
Los códigos del SA para México son los siguientes
- (01) Sección: I Animales vivos y productos de origen animal
- (02) Sección: II Productos Vegetales
- (03) Sección: III Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal
- (04) Sección: IV Productos de las industrias alimentarias; bebidas, bebidas espirituosas y vinagre; rapé y sucedáneos del rapé preparados
- (05) Sección: V Productos minerales
- (06) Sección VI Productos de la industria química o de las industrias conexas
- (07) Sección: VII Materias plásticas y manufacturas de estas materias; caucho y manufacturas de caucho
- (08) Sección: VIII Cueros, pieles, peletería y manufacturas de cuero; artículos de guarnicionería o de talabartería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa de animales
- (09) Sección: IX Madera, carbón vegetal y productos de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de cestería o de espartería
- (10) Sección: X Pasta de madera o de otras materias fibrosas celulósicas, papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos) papel o cartón y sus manufacturas
- (11) Sección: XI Textiles y artículos textiles
- (12) Sección: XII Calzado, sombreros y demás tocados, paraguas, bastones, látigos, fustas y sus partes; plumas preparadas y artículos de plumas; flores artificiales; manufacturas de cabello
- (13) Sección: XIII Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas similares; productos cerámicos; vidrio y sus manufacturas
- (14) Sección: XIV Perlas finas o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metales preciosos y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas
- (15) Sección: XV Metales comunes y manufacturas de metales comunes
- (16) Sección: XVI Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de imágenes de televisión y sonido, y sus partes y accesorios
- (17) Sección: XVII Equipo de transporte
- (18) Sección: Instrumentos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; artículos de talabartería o guarnicionería; relojería; instrumentos musicales; sus partes y accesorios
- (19) Sección: XIX Armas y municiones, piezas y accesorios
- (20) Sección: XX Productos diversos
- (21) Sección: XXI Objetos de arte y antigüedades
- (22) Sección: XXII Operaciones Especiales
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