Para cualquier persona interesada en constituir una empresa en la República Dominicana, o que ya esté haciendo negocios en esta nación caribeña, entender la legislación laboral será crucial para mantener la buena posición de su empresa y maximizar su potencial de éxito.
La legislación laboral en la República Dominicana es supervisada por el Ministerio de Trabajo, y aunque muchas facetas de la legislación son similares a las que se ven en otros mercados, el sistema dominicano también tiene sus propias particularidades.
Para cualquiera que tenga necesidades limitadas en el mercado, como necesitar un pequeño número de ejecutivos locales o un equipo para un proyecto a corto plazo, contratar a través de un empleador de registro (EOR) en la República Dominicana podría ser la mejor opción.
Porque, cuando usted contrata a través de un EOR, el proveedor de servicios actúa como el empleador oficial, mientras que usted mantiene el control total sobre sus horarios y deberes, lo que significa que puede evitar la necesidad de establecer una entidad local.
A continuación, se ofrece una visión general de la legislación laboral en la República Dominicana, que incluye información sobre las horas de trabajo normales, los tipos de contratos más utilizados por los inversores extranjeros, los detalles relativos a los despidos y las indemnizaciones, información sobre las indemnizaciones por vacaciones y orientación sobre los impuestos relacionados con los salarios que los empleadores deben supervisar.
Si desea saber más sobre cómo podemos ayudarle a entrar en el mercado y hacer negocios en la República Dominicana, póngase en contacto con nosotros ahora.
Véase también: Registrar una filial en República Dominicana
Legislación laboral en la República Dominicana: horario normal de trabajo
Según el derecho laboral de la República Dominicana, la jornada laboral estándar es de 44 horas semanales, con un turno normal de ocho horas. Todo empleado que trabaje más de seis horas consecutivas debe hacer una pausa obligatoria para comer de una hora, mientras que todos los empleados a tiempo completo tienen derecho a un periodo de descanso semanal de al menos 36 horas consecutivas.
Algunos puestos, como los de dirección y supervisión, están exentos de estas disposiciones.
Hay que tener en cuenta que suele haber entre nueve y 11 fiestas nacionales que caen en días laborables cada año natural.
Contratos comunes en la legislación laboral de la República Dominicana
Hay tres tipos de contratos permitidos por el derecho laboral en la República Dominicana que son los más utilizados por los inversores extranjeros:
- Contratos de trabajo a término indefinido son el tipo de contrato más común y sólo terminan por acuerdo mutuo entre el empresario y el trabajador, o en circunstancias en las que una de las partes tiene derecho a actuar unilateralmente.
Por ejemplo, si el trabajador renuncia a su puesto, o si se produce un caso de mala conducta del trabajador que justifique el despido según lo establecido en el contrato. - Contratos de trabajo de a término definido duran un periodo especificado en el contrato y sólo pueden ser demandados cuando la naturaleza del servicio lo justifique, o cuando sea en el mejor interés del empleado. Por ejemplo, cuando se necesita un trabajador para cubrir la maternidad u otros periodos de baja prolongados.
- Contratos por tareas o proyectos específicos se otorgan para la realización de determinadas tareas basadas en resultados, y deben establecer marcadores y umbrales para determinar inequívocamente cuándo se ha completado la tarea o el proyecto y el contrato.
Despido e indemnización
Un empleado está obligado a notificar su dimisión en función del tiempo que haya trabajado en la empresa. Un periodo de preaviso similar debe dar el empresario en caso de rescindir el contrato sin causa justificada. Ese periodo se establece de la siguiente manera según el derecho en la República Dominicana:
- Ningún preaviso cuando el trabajador ha prestado servicios durante menos de tres meses en la empresa
- Siete días de preaviso cuando el empleado haya prestado servicios durante un periodo de entre tres y seis meses en la empresa
- 14 días de preaviso cuando el empleado haya prestado servicios durante un periodo de entre seis y 12 meses en la empresa
- 28 días de preaviso cuando el empleado ha prestado servicios durante más de 12 meses en la empresa
A la finalización del contrato, independientemente de la causa, el empresario está obligado a pagar al trabajador lo siguiente
- La proporción de la prima anual devengada en función de la parte del año natural que haya trabajado
- La compensación íntegra de las vacaciones no disfrutadas que se hayan devengado
- El pago de la participación en beneficios en función de la proporción del año fiscal que haya trabajado el empleado
Además, cuando un trabajador es despedido sin causa justificada, tendrá derecho a una ayuda económica en función de su antigüedad en la empresa, establecida de la siguiente manera:
- Por menos de tres meses de servicio, no se debe pagar la ayuda
- Entre tres y seis meses de servicio, se deben proporcionar seis días de salario
- Entre seis y 12 meses de servicio, 13 días de salario
- Entre uno y cinco años de servicio, 21 días de salario por año de servicio
- Para más de cinco años de servicio, deben proporcionarse 23 días de salario por año de servicio
Vacaciones, permisos y otras ausencias según el derecho en la República Dominicana
Después de un año de trabajo continuo a tiempo completo, los empleados tienen derecho a 14 días de tiempo libre remunerado (PTO) al año, que se amplía a 18 días después de cinco años de servicio.
Según la legislación laboral de la República Dominicana, las vacaciones deben durar un periodo de al menos una semana laboral completa, y los permisos no pueden cambiarse por una remuneración adicional.
Permiso de maternidad y paternidad
Se concede un total de 12 semanas de permiso de maternidad remunerado a las nuevas madres, que comienza seis semanas antes de la fecha prevista del parto. La legislación laboral dominicana también prevé dos días de permiso de paternidad remunerado para los nuevos padres, que se conceden tras el nacimiento.
Baja por enfermedad
Según la legislación laboral de la República Dominicana, los empleados no tienen derecho a una baja por enfermedad remunerada y, por tanto, queda a discreción del empresario la remuneración del tiempo perdido por enfermedad.
Licencia por duelo
Se concede una licencia por duelo de tres días en caso de pérdida de un padre, un hijo, una pareja u otra persona a cargo.
Derecho laboral en la República Dominicana: cotizaciones obligatorias
Retenciones a los trabajadores:
Según la legislación laboral de la República Dominicana, de los salarios de los trabajadores se hacen retenciones para la Caja de Pensiones del Estado (AFP) y la Caja del Seguro Público de Salud (SFS), por un total del 5,92% de su salario.
Estas deducciones se desglosan en un 2,87% para las AFP y un 3,04% para el SFS.
Cotizaciones patronales
Las cotizaciones patronales a las AFP y al SFS, así como al seguro de enfermedad profesional, ascienden a un mínimo del 15,34 % del valor del salario pagado.
Estas cotizaciones se desglosan en un 7,1% para la AFP, un 7,09% para el SFS y un 1,25% para la salud laboral, con un 0,6% adicional en función del nivel de riesgo del puesto de trabajo.
Participación en los beneficios
Los empleadores están obligados por ley a repartir el 10% de los beneficios netos anuales con sus empleados, y el pago debe efectuarse en un plazo de entre 90 y 120 días tras el final del año fiscal, que en la República Dominicana se cierra el 31 de diciembre. Eso significa que las participaciones en los beneficios se pagarán generalmente durante el mes de abril.
Para los trabajadores que hayan prestado menos de cinco años de servicio a la empresa, su participación en las utilidades no puede superar el equivalente a 45 días de salario, mientras que para los que hayan prestado más de cinco años de servicio, no debe superar el equivalente a 60 días de salario.
Obsérvese que los siguientes tipos de empresas están exentos de repartir beneficios:
- Las empresas que trabajan en la agricultura, la silvicultura y la minería que han estado en funcionamiento durante menos de tres años
- Empresas agrícolas cuyo capital no supere el millón de pesos dominicanos (aproximadamente 18.000 dólares estadounidenses a partir de noviembre de 2021)
- Empresas con sede en zonas francas
Preguntas Frecuentes sobre las Leyes Laborales en la República Dominicana
Según nuestra experiencia, estas son las preguntas y dudas más comunes de nuestros clientes.
En la República Dominicana, trabajar más de 44 horas a la semana se considera tiempo extra y debe pagarse con un recargo del 35% sobre las horas regulares. Si un empleado trabaja más de 68 horas a la semana, tiene derecho a un recargo del 100%. Sin embargo, es importante destacar que el pago por horas extras no se aplica a los gerentes. Además, según las leyes laborales en la República Dominicana, al menos el 80% de la fuerza laboral de una empresa debe ser dominicana.
Las condiciones laborales en la República Dominicana están reguladas por leyes laborales. Estas leyes garantizan que los empleados reciban un trato justo y protección en el lugar de trabajo. Algunos aspectos clave de las condiciones laborales incluyen las horas de trabajo, el salario mínimo, la seguridad y salud ocupacional, y el derecho a unirse a sindicatos. Las leyes laborales en la República Dominicana buscan crear un entorno de trabajo seguro y saludable para los empleados y promover su bienestar.
La semana laboral estándar en la República Dominicana es de 44 horas por semana o 8 horas por día. Sin embargo, a los empleados a tiempo parcial no se les permite trabajar más de 29 horas en una sola semana.
El salario mínimo en la República Dominicana varía según la ubicación y el sector. En las Zonas Francas, el salario mínimo es de 8,310 pesos dominicanos por mes. Fuera de las Zonas Francas, el salario mínimo varía de 7,843 a 12,873 pesos por mes, dependiendo del tamaño de la empresa. Para el sector público, el salario mínimo es de 5,884 pesos por mes. Los trabajadores agrícolas ganan un salario mínimo de 234 pesos por día, basado en una jornada laboral de 10 horas. En junio de 2023, habrá un aumento del 28.5% en el salario mínimo para empresas de tamaño mediano, que pasará de 10,650 pesos a 13,685 pesos.
En la República Dominicana, las horas extras se pagan por cualquier trabajo realizado más allá de las 44 horas en una semana. Debe compensarse con un recargo del 35% sobre la tarifa regular por hora. Si un empleado trabaja más de 68 horas en una semana, tiene derecho a un recargo del 100% sobre sus horas extras. Sin embargo, es importante destacar que los gerentes están exentos de recibir pago por horas extras.
La terminación del empleo en la República Dominicana requiere evidencia de mala conducta por parte del empleado y se debe notificar al Departamento de Trabajo dentro de las 48 horas. Los empleos en la República Dominicana se consideran “a voluntad” y pueden ser terminados por cualquiera de las partes sin causa, pero se debe dar aviso previo según la duración del empleo. La indemnización debe pagarse dentro de los 10 días posteriores a la terminación, con una penalización por demoras. Los empleadores pueden despedir a los empleados por causas específicas enumeradas en el Código de Trabajo, como falta de integridad o condena penal.
Los requisitos para despedir a un empleado en la República Dominicana incluyen:
– Período de notificación: La duración del período de notificación depende de la antigüedad del empleado, que va desde ningún aviso para menos de tres meses hasta 14 días de aviso para seis a 12 meses.
– Causa: El empleador debe tener evidencia de que el empleado cometió una o más de las causas enumeradas para la terminación.
– Departamento de Trabajo: El empleador debe notificar la terminación y las causas al Departamento de Trabajo dentro de las 48 horas.
– Despido con causa: El empleador debe ejercer el derecho a despedir con causa dentro de los 15 días posteriores a enterarse de la falta cometida por el empleado.
– Renuncia: Un empleado también tiene la opción de renunciar a su trabajo por causa.
– Comunicación: La intención de terminar el contrato debe comunicarse a la parte afectada y al Ministerio de Trabajo.
Cuando un empleado renuncia en la República Dominicana, tiene derecho a recibir una indemnización. El monto de la indemnización depende de la antigüedad del empleado. Para los empleados que renuncian con causa o son despedidos sin causa, la indemnización incluye aviso previo, indemnización estricta, una parte del salario de Navidad del año, tiempo de vacaciones no utilizado y un bono anual. El monto específico de la indemnización es el siguiente:
– Para los empleados que han trabajado de 3 a 6 meses, recibirán 6 días de salario.
– Para los empleados que han trabajado de 6 a 12 meses, recibirán 13 días de salario.
– Para los empleados que han trabajado de 1 a 5 años, recibirán 21 días de salario.
Biz Latin Hub puede ayudarle a hacer negocios en la República Dominicana
En Biz Latin Hub, nuestro equipo de expertos bilingües de apoyo profesional está disponible para ayudarle a conocer y adherirse adecuadamente a la ley de empleo en la República Dominicana.
Nuestra amplia cartera de soluciones corporativas incluye la formación de empresas, la contabilidad y los impuestos, los servicios legales corporativos, la tramitación de visas, y la contratación y PEO, y ofrecemos paquetes a medida de los servicios de back-office integrados para satisfacer todas las necesidades.
Contamos con equipos en 16 mercados de América Latina y el Caribe y con socios de confianza que extienden nuestra cobertura a casi todos los rincones de la región, y estamos especializados en la entrada en mercados multijurisdiccionales.
Póngase en contacto con nosotros hoy mismo para saber más sobre cómo podemos ayudarle a entrar en el mercado y hacer negocios en la República Dominicana.
O conozca más sobre nuestro equipo y autores expertos.