Cuenta Bancaria Ecuador

¿Comó Abrir una Cuenta Bancaria en Ecuador?

Apertura de una cuenta de Bancaria en Ecuador Para los Extranjeros

Existen en el Ecuador, diferentes entidades financieras, dentro de las cuales se encuentran las bancarias, en las que se puede solicitar la Apertura de Cuenta Bancaria, como la Corriente y de Ahorros, que son las más usuales. Pero ¿Quiénes pueden solicitarlas? ¿Cuáles son los requisitos que se requieren? y ¿Qué ventajas otorga suscribir un contrato bancario?

Las personas naturales o jurídicas extranjeras activas que domicilien y ejerzan actividad económica en territorio ecuatoriano para realizar el Acto de Comercio deben poseer Visa sea Residencial Permanente o Temporal es el único requisito esencial.

Persona Natural:

Los principales requisitos que debe cumplir un extranjero como persona natural son:

  1. Debe contener documentos personales, pasaporte que acredite poseer visa de inmigrante o no inmigrante.
  2. Certificado de empadronamiento emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  3. En caso de que trabaje como dependiente, adjuntar copia del contrato o carta de la empresa indicando cuáles son sus funciones y el tiempo de las mismas en el país.
  4. Copia de una planilla de cualquiera de sus servicios básicos, luz, agua o teléfono de su domicilio.
Cuenta Bancaria Ecuador
En caso de que trabaje en relación de dependencia, adjuntar copia del contrato o carta de la empresa indicando

Persona Jurídicas:

Las características de una persona jurídica son:

  • Compañía de Responsabilidad Limitada
  • Empresa unipersonal de responsabilidad limitada
  • Compañía Anónima
  • En nombre colectivo
  • En comandita simple y dividida por acciones
  • Economía mixta o sujeta al control y vigilancia de la Superintendencia de Bancos.

Los principales requisitos que debe cumplir un extranjero como persona jurídicos son:

  1. Solicitud de apertura emitida por el Representante legal de cuenta dirigida a la institución financiera especificando condiciones de la cuenta sea personal, colectiva o corporativa.
  2. Una copia del Registro Único Contribuyente (actualizado).
  3. Extranjeros Residentes: Cédula de Identidad ecuatoriana y otro documento de identificación (carné laboral, licencia de conducción, etc.)
  4. Extranjeros No Residentes: Pasaporte y otro documento de identificación (carné laboral, licencia de conducción, etc.) o documento de identificación de refugiado (Visa 12 IV).
  5. Recibo de último pago de agua, luz o teléfono de local donde funciona la empresa.
  6. Fotocopia de la escritura de constitución de la compañía debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
  7. Aumento de capital y reformas de estatutos (si los hubiere).
  8. Una copia notariada de los nombramientos que certifiquen la condición del Requerimiento Legal.
  9. Estados Financieros actualizados y presentados a la Superintendencia de Compañías, mínimo de un año atrás. En caso de que, por disposición legal, tiene la obligación de contratar a una auditoría externa, los estados financieros deberán ser auditados.
  10. i) Detalle de los principales accionistas de la empresa presentado a la Superintendencia de Compañías o certificado por el Representante Legal.
  11. En caso de registrar más de una firma en la cuenta, se solicitará una carta por parte de uno de los representantes legales o Apoderado en caso de Compañías extranjeras, indicando la modalidad de registro de firmas (en caso de contrato colectivo o corporativa).
  12. Certificado de cumplimiento de obligaciones otorgado por la Superintendencia de Compañías.
  13. Certificado de cumplimiento de obligaciones otorgado por la Superintendencia de Bancos (Para bancos, las sociedades financieras o corporaciones de inversión y desarrollo, asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda).
  14. Un certificado bancario o comercial por escrito de la empresa, Representante Legal y Firmas autorizadas.
  15. Monto de apertura de cuenta depende de la institución financiera.

Las instituciones financieras verificarán la información proporcionada. Una vez aprobada se procede a la elaboración del formulario de cheques (libretines secuenciales) al cuentacorrentista.

Una vez obtenida la cuenta corriente la persona natural o jurídica extranjera tendrá todos los beneficios nacionales del portafolio de productos y servicios de liquidez cuando son calificados y aprobados como créditos a la cuenta contratada o sobregiros ocasionales de acuerdo al requerimiento.

Importante:

  • Al tomar la decisión de abrir una cuenta sea de ahorro o corriente se debe verificar que se encuentre en el listado del ente controlador: la Superintendencia de Bancos.
  • Debe contar con excelente calificación de estabilidad y los beneficios que ofrece son los requeridos.
  • El servicio ofrecido sea de buena recomendación del mercado
  • La persona natural o jurídica extranjera podrá acceder a tarjeta de débito o crédito. La débito es asociada con la cuenta y la de crédito después de meses haber abierto la cuenta y contar con un buen historial financiero (según políticas del banco contratado)

Si tiene más preguntas sobre la apertura de una cuenta bancaria en Ecuador, contáctese con nosotros para obtener más información y asistencia personalizada.

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